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Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Primera.- Para la realización del Sorteo Zodiaco se observarán las presentes Bases, en las que se determinan las normas que deberán aplicarse para la preparación y verificación de dicho sorteo, así como los derechos de los tenedores de billetes que participen en el mismo.
Tercera-. Si el billete que obtenga un premio principal no fuere vendido total o parcialmente, su importe será aplicado, en los términos del párrafo segundo del artículo 2o., de la Ley Orgánica de la Loterías Nacional para la Asistencia Pública. FORMA DE CELEBRACIÓN DEL SORTEO
(11) Once premios por terminación para los billetes cuyos cuatro dígitos coincidan en el mismo orden con los de la combinación que obtenga el premio mayor, cualquiera que sea su signo del zodiaco, excluyendo al premiado (108) Ciento ocho premios por terminación para aquellos billetes cuyos tres últimos dígitos coincidan en el mismo orden con los de la combinación que obtuvo el premio mayor, cualquiera que sea su signo del zodiaco, excluyendo a los que obtuvieron premio por cuatro cifras. (1080) Mil ochenta premios por terminación para los billetes cuyos dos últimos dígitos (unidad y decena) coincidan en el igual orden con los de la combinación que obtuvo el premio mayor, cualquiera que sea su signo del zodiaco, excluyendo a los que obtuvieron premio por cuatro y tres cifras. (9,999) Nueve mil novecientos noventa y nueve reintegros a los billetes cuyos signo del zodiaco sea igual al del que obtuvo el premio mayor, exceptuando éste. (10,800) Diez mil ochocientos reintegros a los billetes cuyos último dígito (unidad) sea igual al de la combinación que obtuvo el premio mayor, cualquiera que éste sea su signo del zodiaco, excluyendo a los que obtuvieron premio por terminación de cuatro, tres y dos cifras. (2) Dos premios por aproximación para los billetes cuyos números correspondan al inmediato anterior e inmediato posterior, con el mismo signo del zodiaco, al del número de la combinación que obtuvo el premio mayor. (22) Veintidós premios por aproximación para los billetes cuyos números correspondan al inmediato anterior e inmediato posterior, al número de la combinación que obtuvo el premio mayor, pero cuyo signo del zodiaco sea distinto al de dicha combinación. Cuando el número 0000, es decir, el primero de la emisión, obtenga el premio mayor la aproximación inmediata anterior corresponderá al número 9999 y la inmediata posterior al número 0001. Cuando el número 9999, es decir, el último de la emisión, obtenga el premio mayor, la aproximación inmediata posterior será el número 0000, o sea el primero de la emisión. Cuando el número 0001, obtenga el premio mayor, la aproximación inmediata anterior será el número 0000, es decir el primero de la emisión. Los premios directos que - en múltiplo de doce apruebe la Junta Directiva. En virtud de dicho reparto - y de lo dispuesto en la Base Tercera - un billete podrá obtener más de un premio - además de reintegro - o premio y dos reintegros. En todo caso, el pago de los billetes premiados se efectuará previa retención de los impuestos que determinen las leyes. Séptima.- El día señalado para la celebración de un sorteo, el Departamento de Mercadotecnia colocará en exhibición - cuando menos una hora antes de la celebración del sorteo - los ábacos que contengan en secuencia las bolitas - del material, peso y tamaño que apruebe el Director General- marcadas con los números correspondientes a los billetes que la Institución emitió y distribuyó previamente para dicho sorteo. El Departamento de Seguridad y Comunicaciones, tendrá bajo su custodia, a partir de la hora mencionada, estos ábacos y permitirá que toda persona interesada visite el recinto donde se efectuará el sorteo y observen las bolitas. Cada ábaco estará protegido con un candado que asegure las varillas que contengan las bolitas y estará amparado por una tarjeta de responsabilidad que señale el sorteo a que se refiere, la fecha, el número de bolitas a jugar, el número del ábaco, así como la numeración progresiva de bolitas que contenga ese mismo ábaco. Esta tarjeta de responsabilidad deberá ser firmada por el empleado que la llenó y por el que revisó el ábaco. Una vez vaciados los ábacos, como se señala en el artículo siguiente, se retirarán las tarjetas de responsabilidad, mismas que serán acomodadas en orden progresivo hasta completar la totalidad de los números participantes y se conservarán en un archivo especial bajo la custodia del personal que determine el Director General. Octava.- Media hora antes de la señalada para que tenga verificativo el sorteo, se procederá al vaciado de los ábacos que contengan las bolitas con los números de la emisión de billetes a jugar en la esfera grande "B" y, hecha esta operación, se procederá a girar dicha esfera durante un tiempo mínimo de veinte minutos, para revolver las bolitas, hasta el inicio del sorteo. Un equipo compuesto por diez o más "niños gritones" se turnará en grupos de cinco durante el transcurso del sorteo, para extraer de las esferas: primero una bola con un signo del zodiaco -que determinará, como ya se dijo, la doceava parte del total de premios directos-, y después, simultáneamente una bolita con el número y una con el importe del premio directo. La persona que presida el sorteo, dará el timbrazo de iniciación, procediendo los "niños gritones" a hacer la extracción y el voceo correspondiente siguiendo el procedimiento del sorteo a que se contrae la Base Cuarta precedente. Tratándose del premio mayor, la combinación ganadora se gritará dos veces, indicando que se trata de dicho premio y se repetirán el signo y cada uno de sus dígitos, empezando por el del millar, después el de la centena, en seguida el la decena y finalmente el de la unidad. Tratándose de los premios principales se gritará dos veces, el número del billete agraciado y el monto del premio correspondiente y se repetirán cada uno de los dígitos como en el caso anterior. Undécima.- Al concluir el sorteo, se levantará acta en la que se harán constar las combinaciones agraciadas y premios correspondientes, misma que deberá ser suscrita por los miembros del Presidium Duodécima.- Para todo aquello que no esté previsto en las presentes Bases, se aplicarán las normas contenidas en la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencias Pública, su Reglamento Interior y las Bases Generales de Sorteos de esta Institución.
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