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PAGO DE PREMIOS Y REINTEGROS. Introducción: En la celebración de los Sorteos de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, cualquier billete puede resultar premiado o con reintegro, lo cual se puede verificar al consultar el número del billete en la Lista Oficial de Premios, que es exhibida en todos y cada de los expendios oficiales de la Lotería Nacional de la República Mexicana, en los periódicos de circulación nacional y en nuestra página Web de la Institución: www.lotenal.gob.mx "Nuestros Sorteos". Para nuestros afortunados ganadores de premios y/o reintegros deberán de seguir estos sencillos pasos: Para cobrar un premio y/o reintegro en la Ciudad de México. Todo billete premiado por cualquier monto o con reintegro, puede ser cobrado directamente en las oficinas de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, en días hábiles de lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas, en el siguiente domicilio: Cajas de Pagos de Premios y Reintegros, Plaza de la Reforma No.1 Mezanine Col. Tabacalera, México, D.F., C.P. 06037. ¿Qué tengo que hacer?
Es importante mencionar, que en apego a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, los datos personales que proporcione el beneficiario de un premio o reintegro, son considerados como información confidencial, por lo tanto, no puede ser proporcionada. Adicional a lo anterior, para los premios menores o reintegros, pueden cobrarse o canjearse en cualquier Expendio Oficial de la Lotería Nacional o directamente con los billeteros, siempre y cuando éstos, dispongan de los recursos monetairos para pagar el premio o reintegro; es importante mencionar, que para los expendios oficiales y para los billeteros, no existe obligación alguna de pagar billetes premiados, ni reintegros; ellos, lo hacen para proporcionar un servicio a sus cliente. Los pagos de reintegros, no causan impuestos. Para cobrar un premio y/o reintegro fuera de la Ciudad de México: Puede cobrar billetes de lotería premiados en cualquier ciudad de la República realizando lo siguiente: Si el premio obtenido es menor, o si el billete tiene reintegro, puede cobrarlo o canjearlo directamente con los billeteros o en el Expendio Oficial de Lotería Naiconal de su localidad; siempre y cuendo éstos, dispongan de los recursos monetarios para pagar el premio. Importante. No existe obligación alguna para los expendios oficiales y para los billeteros de pagar billetes premiados, ni reintegros; lo hacen para proporcionar un servicio a sus clientes. En caso de que el Expendio Oficial no pueda pagar el premio, puede acudir a la institución bancaria que éste indique. ¿Qué debo hacer?
Impuestos. Todo premio que se obtiene de cualquier sorteo de la lotería es causante del "Impuesto sobre Rifas y Sorteos". La Lotería Nacional retiene este impuesto y lo entrega a las autoridades federales y estatales:
Vencimiento o Prescripción El derecho al cobro de billetes de Lotería premiados "vence o prescribe" al año de celebrado el Sorteo, si ese día fuera inhábil, se corre al siguiente día hábil inmediato. última actualización: 13/06/08 a las 11:45 horas. |